Tipos de remates

Remates hipotecarios, bancarios, SAE y DIAN: diferencias y qué pasa si el remate queda desierto

No todos los remates son iguales. Te explicamos en qué se diferencian el remate judicial hipotecario, la venta de bienes de bancos, los remates SAE y DIAN, y qué pasa si nadie oferta.

Por Escuela Virtual de Remates Judiciales Actualizado: 3 min de lectura
Diferencias entre remates judiciales, remates bancarios, remates SAE y remates DIAN en Colombia

Cuando buscas inmuebles baratos aparecen los remates bancarios, los de la SAE y los de la DIAN. Se parecen, pero tienen reglas, riesgos y procedimientos distintos.

En resumen

El remate judicial lo hace un juez (CGP). Los bancos venden bienes que ya recibieron en pago o adjudicación. La SAE comercializa bienes de extinción de dominio. La DIAN remata en cobro coactivo bajo el Estatuto Tributario.

¿En qué se diferencian los remates bancarios del remate judicial?

Tipo Quién vende Origen del bien Reglas
Remate judicial hipotecario Juzgado Proceso ejecutivo con garantía real Código General del Proceso
Remate judicial ejecutivo Juzgado Embargo por deuda sin garantía Código General del Proceso
Bienes de bancos Entidad financiera Bienes recibidos en pago o adjudicados Políticas propias de cada banco (venta directa o subasta)
SAE Sociedad de Activos Especiales Extinción de dominio Normas y reglamentos de la SAE
DIAN DIAN (cobro coactivo) Deudas tributarias Estatuto Tributario

Remates bancarios

Por ejemplo, cuando un banco gana un remate o recibe un inmueble en pago, después lo vende. Esa venta es comercial: puedes negociar, a veces financiar y el bien suele estar ya saneado. El descuento suele ser menor que en el remate judicial.

Remates SAE

Asimismo, la SAE administra y vende bienes con extinción de dominio mediante subastas y ventas propias. Revisa siempre el estado jurídico y la ocupación del bien en su información.

Remates DIAN

Por su parte, la DIAN remata los bienes embargados en procesos de cobro coactivo, aplicando las reglas del Estatuto Tributario y, en lo no regulado, las del CGP.

¿Qué pasa si un remate queda desierto?

Si en la audiencia no hay ofertas válidas, el remate se declara desierto. Según el art. 457 del CGP, el juez fija una nueva fecha; además, el acreedor puede pedir un nuevo avalúo. La base sigue siendo el 70 % del avalúo vigente.

Oportunidad

Por lo tanto, los procesos con remates desiertos merecen seguimiento: pueden volver con un avalúo distinto y menos competencia. Encuentra procesos en el listado de remates.

Además, cada entidad publica su oferta: la Sociedad de Activos Especiales y la DIAN tienen sus propios canales. Por eso, si te interesan los remates bancarios, consulta también las secciones de bienes en venta de cada banco. Sin embargo, compara siempre los remates bancarios con el remate judicial del mismo tipo de bien.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre un remate judicial y uno bancario, de la SAE o de la DIAN?

El judicial lo hace un juez con las reglas del CGP. Los bancos venden comercialmente bienes que recibieron en pago. La SAE vende bienes con extinción de dominio, y la DIAN remata en cobro coactivo bajo el Estatuto Tributario.

¿Qué pasa si nadie oferta en un remate judicial?

En ese caso, el remate se declara desierto y el juez fija una nueva fecha (art. 457 CGP). El acreedor puede pedir un nuevo avalúo antes de esa nueva licitación.

El curso te enseña a evaluar cada tipo de remate y a escoger el que mejor se ajusta a tu capital.

Aprende a ganar tu primer remate con acompañamiento

Curso de Remates Judiciales en Colombia: 12 capítulos, 11 formatos listos, calculadora de posturas y mentoría de 1 hora con la abogada Mabel Sepúlveda. Acceso por 1 año.

Escuela Virtual de Remates Judiciales

Formamos a compradores e inversionistas para participar en remates judiciales en Colombia con criterio jurídico, tributario y financiero. Este contenido es informativo y no reemplaza la asesoría legal de su caso.

Sigue aprendiendo